Sabemos que a partir del primero de abril y conforme la RG 3749 los responsables inscriptos en el IVA deberán generar factura electrónica por sus operaciones de venta de bienes, locaciones y la prestación de servicios.
La AFIP postergó hasta el 31 de marzo la emisión de la factura electrónica, para todos los contribuyentes inscriptos en el IVA que necesitaren más tiempo para implementar el nuevo sistema de facturación sin papel y financiar los mayores costos en adquirir sistemas o con dificultades para acceder a Internet para operar la factura electrónica. Seguirán excluidos de la factura electrónica los comercios que utilizan controladores fiscales y también las operaciones que se realizan en el domicilio del cliente.
Para los monotributistas el uso de la factura electrónica continúa siendo obligatoria a partir de la categoría «H» en adelante; con la excepción que la prestaciones de servicios o la venta de los bienes que se efectúen en el propio local, mientras que los que están exentos en el IVA tienen la opción de adherir en forma voluntaria a la factura electrónica tipo «C».
Si aún te estás preguntando qué hacer, la respuesta es “contactate con nosotros”. Te voy a decir por qué: Sabemos que en Argentina estamos sujetos a cambios que nos afectan a todos en general. Por eso nuestros clientes reciben estas novedades SIN COSTO ADICIONAL, porque nuestro sistema siempre está actualizado y nos encanta que nos elijan día a día. Además, nuestros clientes llevan más de un año facturando electrónicamente desde YiQi ERP.
Olvidate de las conexiones engorrosas con la página de la AFIP. Como siempre, estamos para darte soluciones prácticas y eficientes.
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